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Mostrando las entradas etiquetadas como Teoría general del proceso

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¿Existe el precedente judicial obligatorio en Uruguay?

Como ha dicho Frederick Schauer, "Es característico del derecho el mirar hacia atrás" (cfme., Schauer, F., (2013). Pensar como un abogado. Madrid: Marcial Pons, p. 51). Ubicados en el momento de sentenciar, ese mirar para atrás no sólo se da respecto de los hechos que son parte del conflicto y que llegan al proceso a lomo de enunciados, en narraciones, relatos, declaraciones. También se da habitualmente, y es lo que ahora me interesa, con relación a la jurisprudencia previa de otros tribunales (por ejemplo, tribunales de superior jerarquía, propio de una mirada vertical y ascendente), o respecto a la jurisprudencia previa de ese mismo tribunal llamado a decidir (esto es, una mirada horizontal, hacia el pasado). Es un hecho que esto sucede. Gabriel Valentin señala cómo algunos autores han aludido a este fenómeno bajo el rótulo de congruencia externa, lo cual también es muy interesante (cfme., Valentin, G. (2013).  Principio de congruencia y regla iura novit curia en el proceso...

Una teoría de la inclinación al particularismo procesal

Se dice, de forma algo irreverente y provocadora, que la ‘patafísica es la ciencia de lo particular, de las excepciones (de las leyes que rigen las excepciones). Si esto es así, el derecho ( v.gr., el derecho en general, y el derecho procesal lo mismo), sería —como producto cultural— un objeto bastante propicio para un análisis patafísico. El derecho se llena de especialidades, excepcionalidades, particularismos. Y esto sucede a pesar de los intentos de construcción de sistemas (racionales) y de teorías (generales).  Alfred Jarry definía la ‘patafísica de la siguiente manera: «Un epifenómeno es lo que se agrega a un fenómeno. La patafísica (…) es la ciencia de lo que se sobreañade a la metafísica, sea en sí misma, sea fuera de ella, extendiéndose tan lejos de la metafísica como ésta se extiende más allá de la física. (…) al ser el epifenómeno frecuentemente un accidente, la ‘patafísica será la ciencia de lo particular, aunque se diga que no hay ciencia más que de lo general. Estudi...

Estudios de Derecho procesal

Acceda aquí al índice de la obra, así como al prólogo del Prof. Santiago Pereira Campos . A continuación, el prólogo del autor: Estos Estudios se componen de un conjunto de ensayos y lecturas que buscan acercar al lector a temas heterogéneos del Derecho procesal, algunos de los cuales plantean verdaderas encrucijadas a la disciplina. Su principal objetivo es mostrar la riqueza, y al mismo tiempo la polémica, que converge en la materia. Son, además, el eco de diferentes meditaciones con las cuales he pretendido desenredar algunos temas generales y especiales de esos que afrontan los sistemas de justicia.  Se trata de contribuciones inéditas o que, en algunos casos, vuelven sobre ideas ya vertidas en disertaciones, conferencias y ponencias que he efectuado en el correr de los últimos años, o que he realizado para publicaciones nacionales e internacionales en diversos países de Iberoamérica, así como en el blog de autor que desde el año 2007 llevo adelante con fines de divulgació...

Lecturas para estudiantes de grado de Derecho Procesal (Teoría General del Proceso)

Material de acceso libre para estudiantes de CURSO DE GRADO de Derecho Procesal I - Facultad de Derecho, Universidad de la República (Uruguay).  - Introducción al Derecho Procesal: el proceso jurisdiccional  [DESCARGAR AQUÍ] - El Derecho Procesal: características principales, fuentes   [DESCARGAR AQUÍ] Otros enlaces con lecturas de interés, fundamentalmente para estudiantes de grado, respecto de temas de Teoría General del Proceso: - Las partes en el proceso. Generalidades. - La capacidad en el proceso. Generalidades. - Situaciones jurídicas procesales de carga y deber. - Biblioteca Virtual de Derecho Procesal. Advertencia para los estudiantes: el material básico que aquí se aporta no pretende sustituir, ni podría hacerlo, la lectura de la bibliografía general o específica recomendada por vuestros docentes. Se trata, simplemente, de un aporte adicional, para facilitar -en particular, en tiempos de educación a distancia- algunos conceptos y propiciar ...

La predeterminación normativa de los estándares de prueba

Acceda AQUÍ al artículo completo: "La predeterminación normativa de los estándares de prueba (un derivado de la seguridad jurídica), Revista Electrónica de Derecho Procesal, 2(2020), Universidad del Estado de Río de Janeiro. La interrogante a plantear es, derechamente, si puede el juez basar su decisión sobre los enunciados fácticos que integran el objeto del proceso en cualquier estándar de prueba, o sólo puede y debe hacerlo en base a un estándar de prueba predeterminado normativamente.  Básicamente, un estándar de prueba sirve para indicar cuándo una hipótesis, un enunciado fáctico (o sea, proposiciones lingüísticas sobre hechos en el proceso) o para algunos un relato, se encuentra probado, o cuando se está autorizado o justificado para aceptarlo como verdadero, pudiendo convertirse, así, en un enunciado fáctico verificado o en un enunciado probatorio (entre muchos otros, Gascón Abellán, 2010, pp. 78, 86, 2005, p. 129; Laudan, 2005, p. 104). A mi criterio, el estánda...

Las situaciones jurídicas procesales de carga y deber

Se entiende por situación jurídica procesal, en un concepto que vincula otras categorías del proceso, la posición de un sujeto del proceso respecto de una norma procesal que lo comprende.  La carga más que el imperativo (término que se puede confundir con la idea de deber), es la necesidad (establecida por las normas procesales, conforme la definición dada) de que para proteger el interés propio (el beneficiario es el propio sujeto), el sujeto determine su conducta en cierto sentido. Se hace referencia a la necesidad, aunque también se ha destacado a la libertad del sujeto, siendo que la cuestión hace -desde la perspectiva de la clasificación de las situaciones jurídicas- a su carácter de situación activa (Michelli, Devis Echandía, Barrios De Ángelis -en el año 1948- etc., el sujeto se encuentra en situación de libertad o de supremacía frente a otro), pasiva (Carnelutti, Couture, Goldschmidt, Barrios De Ángelis -cambiando su posición inicial en lo que consideró un err...

La capacidad en el proceso. Generalidades

Las personas no sólo son titulares de los derechos, sino que también los pueden ejercer o hacer valer, disponiendo de ellos de forma efectiva, compareciendo en el proceso (CGP, arts. 1, 11, 14, etc.). [1] Como es sabido, la regulación de la capacidad proviene básicamente del Derecho sustancial, pero también se aprecian previsiones de orden procesal (ya que se trata de un presupuesto procesal, que puede ser incluso relevado de oficio por el Juez) [2] , y normalmente varía en función del Derecho positivo que se está examinando.  Se estará a lo que dispongan las normas sustanciales de fuente nacional e internacional, pues –en principio- no tienen que formar parte de un Código procesal aquellos aspectos de la regulación que hacen a los conceptos y efectos generales de la capacidad de las personas. Sin perjuicio de ello, en el Derecho comparado se pueden encontrar regulaciones más detalladas del punto (las que se podrán compartir o no). Es el caso del CGP colombiano (Ley 1564 de...

Teoría general de la prueba y CGP. Su aplicación al proceso contencioso administrativo de anulación

La teoría general permite no sólo identificar los conceptos e institutos generales aplicables en los diferentes procesos [1] , sino que también posibilita proyectar y construir, de forma uniforme, las garantías. [2] Devis Echandía formula y da respuesta a la siguiente pregunta: “¿Existe una teoría general de la prueba, aplicable a los procesos civil, penal, laboral, contencioso administrativo, etc.?, para luego señalar a ese respecto que: “…la mayoría de ellos [refiere a los principios generales de la prueba judicial] tiene aplicación a toda clase de procesos, y sólo unos pocos (…) se encuentran regulados legalmente en desacuerdo, en algunos países, pero en otros de más moderna legislación ha desaparecido tal diferencia”, y agrega que: “En cuanto a los procesos laborales, contencioso administrativo, de aduanas, fiscales y comerciales, donde existen jurisdicciones especiales, no hay dificultad teórica ni práctica para aplicarles los principios generales que rigen para la prueba en ...

Actualidad del debate acerca de los procesos voluntarios en el sistema procesal

Por: Dr. Ignacio M. Soba Bracesco [1] Sumario: I) Introducción, II) Cuestiones de teoría general de los procesos voluntarios, III) Naturaleza de la actividad desarrollada en el proceso voluntario por los sujetos del proceso (y en especial por los Jueces), IV) Una perspectiva de derecho comparado a partir de recientes reformas proyectadas en el ordenamiento jurídico español, V) La instrumentalidad del derecho procesal. Los procesos voluntarios como garantía de los derechos sustanciales.     I) Introducción Los procesos voluntarios constituyen una parte importante de la praxis forense de nuestro medio. A diario se tramitan diversos procesos voluntarios -algunos más sencillos, otros más complejos- ante los órganos del Poder Judicial, principalmente aquellos con competencia en materia de familia. La trascendencia que tienen las discusiones teóricas generadas desde hace mucho tiempo por prestigiosa doctrina en torno a estos procesos hacen necesaria la reflex...

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor Agregado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Procesal en grado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Autor de diversos artículos, ponencias y libros de Derecho Procesal y Probatorio, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Director y coordinador de diversas obras colectivas. Conferencista, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Miembro de la Revista Uruguaya de Derecho Procesal.