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Incomparecencia a audiencia por razones vinculadas a la pandemia (jurisprudencia uruguaya - año 2022)

¿Es la pandemia motivo suficiente para justificar la incomparecencia a una audiencia?  A partir de la jurisprudencia a la que se hará referencia continuación, encuentro una buena excusa para dejar algunas reflexiones acerca del acceso a la justicia y la comparecencia ante los tribunales en tiempos de pandemia (los casos refieren a la audiencia preliminar del proceso ordinario, prevista en los arts. 340, 341 y 342 del Código General del Proceso uruguayo). También, según se dirá, será la ocasión para dejar algunos comentarios relativos al tema de los hechos notorios. El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1° Turno , a través de su sentencia n° 5/2022 (de 2 de febrero de 2022), ha efectuado valoraciones muy interesantes acerca de la incomparecencia a una audiencia preliminar, en un caso en el que se le dificultó al reclamante -con residencia en el exterior (Chile)- viajar al lugar en que tendría lugar el juicio (Maldonado, Uruguay), por razones vinculadas a la pandemia de Covid-19 (va

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor de Derecho procesal en carreras de pregrado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Autor, coautor y colaborador en diversos artículos, ponencias y libros de su especialidad, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Expositor, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Socio del Colegio de Abogados del Uruguay.