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Mostrando entradas de abril, 2020

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Reclamaciones judiciales de consumidores: amplitud del objeto del proceso

En Uruguay, la Ley N° 18.507, de 26 de junio de 2009 , prevé un proceso judicial para reclamaciones de consumidores de hasta 100 Unidades Reajustables (aprox. $ 120.000 a febrero de 2020). Dicho proceso, de instancia única (lo resuelto no admite apelación ante un tribunal superior), se tramita ante los Juzgados de Paz. La citada Ley ha sido cuestionada en su constitucionalidad, siendo -hasta el momento- rechazados los planteos que se han efectuado ante la Suprema Corte de Justicia (véase, sentencias n° 1/2020, de 3 de febrero de 2020; n° 1338/2018, de 9 de agosto de 2018; n° 1298/2011, de 27 de abril de 2011, entre otras).  En esta oportunidad referiré, como cuestión de interés procesal, al objeto del proceso judicial (sin ingresar en los procedimientos administrativos que se llevan a cabo, por ejemplo en el caso uruguayo, ante el Área de Defensa del Consumidor ). El objeto del proceso judicial lo considero amplio, aunque circunscrito a la temática de consumo: - Las pret

Los recuerdos & Felisberto: una excusa para volver a la prueba testimonial

Hace un tiempo publiqué en @IgnacioSoba la imagen con el fragmento anterior, que corresponde a un texto de Felisberto Hernández ( “Por los tiempos de Clemente Colling” , al cual se puede acceder libremente aquí ).  Desgranar el párrafo que regala el autor uruguayo ( admirado entre otros por Julio Cortázar, como se deja en claro en muchos sitios por el propio Cortázar, por ejemplo en su prólogo a "La casa inundada y otros cuentos" ) es una excusa, o una linda trampa, que sirve para volver a referirme a la declaración del testigo como una declaración reconstructiva.  El tema de la crítica a la declaración representativa (visión clásica) y la declaración reconstructiva lo he tratado tanto en mi libro Estudios sobre la prueba testimonial y pericial , como -previamente- en el artículo publicado en la Revista Ítalo-española de Derecho procesal, 2-2019, titulado: "De la declaración representativa a la reconstructiva. Las opiniones de los testigos y el caso del te

La superintendencia directiva de la Suprema Corte de Justicia. Eventual inconstitucionalidad de su condicionamiento

Un breve comentario sobre un tema que es actual, pero a la vez perenne, y que hace a la institucionalidad de los máximos órganos jurisdiccionales ( arts. 239, 308 y 320 de la Constitución de la República ): "la superintendencia directiva, correctiva [o correccional en el art. 320 de la Carta], consultiva y económica" de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).  En un anterior artículo, titulado "Incidencia de la emergencia sanitaria en plazos administrativos y procesales" [ ver aquí ] sostuve, junto a dos apreciados colegas (Miguel Pezzutti y Marcelo Patritti), que tanto la Suprema Corte de Justicia, como el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, podían disponer ferias jurisdiccionales extraordinarias (por ejemplo, por razones de tipo sanitario). Incluso, en esa obra se cita la posición muy ilustrativa de Cassinelli sobre la superintendencia de la Suprema Corte de Justicia (cita a la cual remito). Con p

El Principito y el zorro: la domesticación de la justicia online

Antoine De Saint-Exupéry, en El Principito [descargar aquí] , escribió: ¿Qué significa "domesticar"? —volvió a preguntar el principito. (...) significa "crear vínculos... " —¿Crear vínculos? —Efectivamente, verás —dijo el zorro—. Tú no eres para mí todavía más  que un muchachito igual a otros cien mil muchachitos y no te necesito para  nada. Tampoco tú tienes necesidad de mí y no soy para ti más que un zorro  entre otros cien mil zorros semejantes. Pero si tú me domesticas, entonces tendremos necesidad el uno del otro. Tú serás para mí único en el mundo, yo  seré para ti único en el mundo... El abogado (aunque es válido para otros, como jueces), en cierto sentido, domestica al proceso, trabaja con el proceso, y se acostumbra, incluso a los malos diseños procesales.  El abogado se habitúa a una determinada matriz de trabajo, a ciertas estructuras procesales, al uso de ciertos instrumentos. Y luego, cuando cambia la matriz (posiblemente, pasemos

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor de Derecho procesal en carreras de pregrado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Autor, coautor y colaborador en diversos artículos, ponencias y libros de su especialidad, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Expositor, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Socio del Colegio de Abogados del Uruguay.