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Mostrando las entradas etiquetadas como Proceso contencioso administrativo

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"Fin de jornada". Expertos de la administración, pericias oficiales y valoración de la prueba

El Tribunal Supremo (España), sala de lo contencioso-administrativo, ha dictado la sent. n° 202/2022, de 17 de febrero de 2022, en lo que se podría llamar el caso “Fin de jornada”, por el nombre de la obra pictórica de Joaquín Sorolla , que motivara el litigio entre la familia del pintor y el estado español. Esta sentencia sirve como disparador para algunas reflexiones, una vez más, sobre prueba pericial. Lo interesante del fallo español, en lo que a la prueba pericial refiere (en el caso, vinculado a lo artístico), es que da a conocer la posición del mencionado Tribunal en temas tales como la utilización de dictámenes de expertos de la administración en procedimientos administrativos y procesos jurisdiccionales (refiriendo a su admisibilidad), la existencia de distintos tipos de expertos dentro de la administración (según el sistema orgánico al cual pertenezcan o el tipo de cargo o vínculo que detentan), la confrontación con otros dictámenes de expertos ajenos a la administración, su...

Actualidad y perspectivas en el Derecho público (Patritti Isasi, M. & Pérez Novaro, C., coordinadores)

Se publicó (diciembre-2021) el libro de referencia, coordinado por Marcelo Patritti Isasi y César Pérez Novaro, a quienes cabe felicitar por la labor emprendida.  Se trata de una obra colectiva que, en más de 900 páginas, reúne una gran cantidad de aportes doctrinarios sobre diversos temas vinculados al Derecho público, al procedimiento administrativo, al proceso contencioso administrativo de anulación, al reparatorio patrimonial, etc.  Allí se encuentra, también, un trabajo de mi autoría vinculado a la posibilidad de distinguir entre evidencia -en los procedimientos administrativos- y prueba -en los procesos jurisdiccionales- ( para acceder a dicho artículo ingrese aquí: "Evidencia y prueba: los elementos que aportan información en el procedimiento administrativo y su relación con los procesos jurisdiccionales no penales" ). Un tema que queda abierto al debate. Invito a todas y todos los interesados a consultar el índice del libro, a efectos de tener una idea más aproximad...

La regla de admisión de hechos en el proceso contencioso administrativo de anulación. Aplicación del art. 130.2 del CGP

A continuación, se cita un extracto de un muy interesante fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (sentencia n° 505/2017, de 29 de junio de 2017, Castro, Gómez Tedeschi, Tobía -r.-, Echeveste -d.-, Vázquez Cruz -d.-), en el cual se analiza la regla de admisión de hechos en el proceso contencioso administrativo de anulación. En el Considerando VI) del referido pronunciamiento, el Tribunal valora la actitud de la Administración al contestar la demanda, identificando lo que se entiende como una ausencia absoluta de contradicción (lo cual deriva -según se podrá apreciar- en la aplicación del art. 130.2 del CGP). En el caso concreto, y a criterio de la mayoría, no mediaron razones para enervar -de modo fundado- la regla de la admisión de los hechos alegados. Se aclara por el Tribunal que tampoco la prueba diligenciada a instancias de la parte actora podría ser utilizada, de modo concluyente, en sentido adverso a sus intereses. "...se estima que corresponde anular el ac...

Teoría general de la prueba y CGP. Su aplicación al proceso contencioso administrativo de anulación

La teoría general permite no sólo identificar los conceptos e institutos generales aplicables en los diferentes procesos [1] , sino que también posibilita proyectar y construir, de forma uniforme, las garantías. [2] Devis Echandía formula y da respuesta a la siguiente pregunta: “¿Existe una teoría general de la prueba, aplicable a los procesos civil, penal, laboral, contencioso administrativo, etc.?, para luego señalar a ese respecto que: “…la mayoría de ellos [refiere a los principios generales de la prueba judicial] tiene aplicación a toda clase de procesos, y sólo unos pocos (…) se encuentran regulados legalmente en desacuerdo, en algunos países, pero en otros de más moderna legislación ha desaparecido tal diferencia”, y agrega que: “En cuanto a los procesos laborales, contencioso administrativo, de aduanas, fiscales y comerciales, donde existen jurisdicciones especiales, no hay dificultad teórica ni práctica para aplicarles los principios generales que rigen para la prueba en ...

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor Agregado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Procesal en grado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Autor de diversos artículos, ponencias y libros de Derecho Procesal y Probatorio, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Director y coordinador de diversas obras colectivas. Conferencista, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Miembro de la Revista Uruguaya de Derecho Procesal.