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Mostrando las entradas etiquetadas como Proceso laboral

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De Ámsterdam a Montevideo. Un elogio a la sentencia n° 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay

Hace ya un tiempo publicaba en el blog la siguiente entrada: "De Montevideo a Ámsterdam. Una crítica a la sentencia n° 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay". Si en aquel momento se criticó el fallo (que relevó de oficio la falta de jurisdicción, "validando" el arbitraje que el trabajador uruguayo debía iniciar en Ámsterdam), en esta oportunidad corresponde elogiar el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia en su sentencia n° 25/2026, de 12 de febrero. En esta sentencia la Corte cambia su posición respecto del arbitraje laboral en casos de trabajadores que reclaman a plataformas digitales.  El caso tiene además la particularidad de que se trató del mismo actor y los mismos demandados, no obstante, se señala por la Corte que no operó la cosa juzgada entre ambos procesos ya que en cada uno de ellos los créditos laborales devengados correspondían a períodos diferentes: "Aunque las partes son las mismas y el reclamo tiene su origen en una mis...

De Montevideo a Ámsterdam. Una crítica a la sentencia n° 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay

Atención - se recomienda la lectura de la contracara de esta crítica, escrita unos meses después, elogiando el cambio de posición de la Suprema Corte de Justicia: "De Ámsterdam a Montevideo. Un elogio a la sentencia n° 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay".  El sistema de justicia (en sentido amplio), fundamentalmente estatal pero también arbitral, debe ser accesible. Sin acceso, no hay justicia. La historia del derecho en general, y del derecho procesal en particular, es, en buena medida, la historia de cómo se les ofrecen a las personas ciertos ámbitos institucionales a los cuales deberían poder acceder para plantear y resolver sus conflictos, evitando, por ejemplo, el uso de la fuerza propio de ciertos mecanismos de autotutela. Están en juego muchas cosas: la resolución institucional de los conflictos entre las personas, la civilidad y la paz social, derechos en ocasiones especialmente protegidos o tutelados, etc. El caso ahora analizado nos lleva a preguntar...

Estudios de Derecho procesal

Acceda aquí al índice de la obra, así como al prólogo del Prof. Santiago Pereira Campos . A continuación, el prólogo del autor: Estos Estudios se componen de un conjunto de ensayos y lecturas que buscan acercar al lector a temas heterogéneos del Derecho procesal, algunos de los cuales plantean verdaderas encrucijadas a la disciplina. Su principal objetivo es mostrar la riqueza, y al mismo tiempo la polémica, que converge en la materia. Son, además, el eco de diferentes meditaciones con las cuales he pretendido desenredar algunos temas generales y especiales de esos que afrontan los sistemas de justicia.  Se trata de contribuciones inéditas o que, en algunos casos, vuelven sobre ideas ya vertidas en disertaciones, conferencias y ponencias que he efectuado en el correr de los últimos años, o que he realizado para publicaciones nacionales e internacionales en diversos países de Iberoamérica, así como en el blog de autor que desde el año 2007 llevo adelante con fines de divulgació...

Introducción a los procesos laborales

El presente documento se basa en artículos que los autores -Santiago González Miragaya e Ignacio M. Soba Bracesco- ya hemos publicado, o es una relectura de los mismos con alguna actualización puntual [ acceda AQUÍ ]. En ese sentido, vale aclarar que la jurisprudencia que ha analizado diferentes aspectos problemáticos o particulares de los procesos laborales uruguayos es realmente abundante, y que no se ha pretendido efectuar un relevamiento exhaustivo de la misma (tarea que eventualmente se podrá afrontar en otra oportunidad).  Se reitera, entonces, que el documento que ahora se comparte, a efectos de facilitar la lectura -fundamentalmente- por parte de los estudiantes de nuestros cursos de grado, no deja de ser una compilación de ideas o de algunos trabajos publicados previamente por los autores. Desde esa perspectiva, que sólo pretende introducir al lector en ciertas aristas de los procesos laborales regulados por la Ley N° 18.572, y su modificativa (en adelante, también, Ley de...

Liquidación de sentencia en los procesos laborales (aplicación del art. 378 del CGP)

Se ha publicado un trabajo escrito en coautoría con el Dr. Santiago González Miragaya, en el cual hemos analizado la interpretación, integración y aplicación supletoria del Código General del Proceso, en los procesos laborales ( GONZÁLEZ MIRAGAYA, S., SOBA BRACESCO, I. M., "Interpretación, integración y aplicación supletoria del CGP según la Ley de Procesos Laborales", en Revista La Justicia Uruguaya, Tomo 157, N° 2,  La Ley Uruguay,  Montevideo,  2019, pp. 3-26 ). Allí planteamos las dificultades teóricas que presenta la temática, así como cuestiones de indudable trascendencia práctica.  Una situación que merece destaque especial, y que motivó un pronunciamiento expreso de nuestra parte, es la de admitir, en ciertos casos, la tramitación de la liquidación de sentencia (art. 378 del CGP ), previa a su ejecución.  Es un problema que se ha comenzado a plantear a nivel jurisprudencial, pero sin llegar a desarrollar algunos de los puntos que hemos d...

La conciliación administrativa previa, ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el proceso laboral uruguayo

En primer término, se debe tener presente lo previsto por la Constitución de la República, que en su art. 255 dispone que la conciliación previa procede para todo proceso en materia civil (entendido en sentido amplio). [1] Por su parte, el art. 3 de la Ley de Procesos Laborales (LPL) establece que antes de iniciar un proceso “en materia laboral”, se deberá tentar la conciliación previa ante el Centro de Negociación de Conflictos Individuales de Trabajo en la ciudad de Montevideo o ante la Oficina de Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en el interior de la República, según corresponda al domicilio del empleador o al lugar en que se cumplieron las prestaciones. [2] El punto se vincula, pues, con el alcance que se le atribuya al concepto de materia laboral. Por mi parte, considero que ya sea que la conciliación se hubiese tentado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, o ante los órganos jurisdiccionales con competencia en la materia ...

Los principios de los procesos laborales

Ley N° 18.572 – “LEY DE ABREVIACION DE LOS JUICIOS LABORALES” (de 13/09/2009, publicada en el Diario Oficial el 08/10/2009) y modificativas. "CAPITULO I - PRINCIPIOS Artículo 1.- Los procesos laborales se ajustarán a los principios de oralidad, celeridad, gratuidad, inmediación, concentración, publicidad, buena fe y efectividad de la tutela de los derechos sustanciales. El Tribunal, de oficio, podrá averiguar o complementar la prueba de los hechos objeto de controversia, quedando investido, a tales efectos, con todas las facultades inquisitivas previstas para el orden procesal penal." Estamos ante el primer artículo de la Ley de Procesos Laborales (en adelante “LPL”), que precisamente se dedica a los principios a los cuales se “ajustarán” los procesos laborales en general. Véase que la norma parece no limitarse a los procesos laborales regulados por la LPL, pudiendo resultar de aplicación a otros procesos en los que se sustancian pretensiones de la ...

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor Agregado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Procesal en grado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Autor de diversos artículos, ponencias y libros de Derecho Procesal y Probatorio, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Director y coordinador de diversas obras colectivas. Conferencista, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Miembro de la Revista Uruguaya de Derecho Procesal.