Las llamadas metapericias, o pericias sobre pericias, más allá de que no han sido reguladas de manera clara (o si se quiere, de forma precisa y autónoma), en el ordenamiento jurídico (me refiero concretamente al caso uruguayo, pero puede ser la realidad de otros ordenamientos), son a veces admitidas y empleadas en el ámbito del litigio para aportar información acerca de otros peritajes (previos). Aunque tienen ciertos puntos de contacto, no se deben confundir con segundos o ulteriores peritajes (con un encargo que se vincula con parte del objeto del proceso), que se pueden diligenciar a modo, por ejemplo, de impugnación. En ocasiones, las metapericias se ofrecen para evidenciar las debilidades o la (falta de) confiabilidad de peritajes de parte, desde el punto de vista del rigor o coherencia de la metodología empleada. Más allá de que existen otras herramientas que he analizado en oportunidades previas ( Soba Bracesco, I. M., Estudios sobre la prueba testimonial y pericial, Montevi
Por: Ignacio M. Soba Bracesco [Blog de autor - desde octubre de 2007]