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¿Más sobreseimientos? El pronóstico de que no se llegará a la certeza procesal o prueba plena que se exige para la condena

I) El sobreseimiento es un modo de terminar con el proceso penal que no es el usual.  No es usual porque los procesos, por lo general, terminan con una sentencia definitiva, la cual puede ser de condena (como sucede en un altísimo porcentaje de casos), o de absolución (absoluciones que, por otra, parte, según los últimos datos estadísticos disponibles a la fecha son extremadamente bajas: en 2022, 35 absoluciones en 14.859 procesos penales).  Y no es usual, además, si consideramos que las decisiones que lo disponen son prácticamente nulas (al menos sobre la base de la información estadística disponible, que ya tiene algunos años: en 2022, 4 sobreseimientos en un total de 14.859 procesos penales). Pero que el sobreseimiento no se disponga con frecuencia, no significa que no sea una herramienta útil. No es útil. Es muy útil. Entiendo ayuda a prevenir errores, injusticias, a mitigar daños que puede ocasionar el proceso (ningún proceso, en Uruguay o en cualquier parte del mundo, e...

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¿Existe el precedente judicial obligatorio en Uruguay?

Como ha dicho Frederick Schauer, "Es característico del derecho el mirar hacia atrás" (cfme., Schauer, F., (2013). Pensar como un abogado. Madrid: Marcial Pons, p. 51). Ubicados en el momento de sentenciar, ese mirar para atrás no sólo se da respecto de los hechos que son parte del conflicto y que llegan al proceso a lomo de enunciados, en narraciones, relatos, declaraciones. También se da habitualmente, y es lo que ahora me interesa, con relación a la jurisprudencia previa de otros tribunales (por ejemplo, tribunales de superior jerarquía, propio de una mirada vertical y ascendente), o respecto a la jurisprudencia previa de ese mismo tribunal llamado a decidir (esto es, una mirada horizontal, hacia el pasado). Es un hecho que esto sucede. Gabriel Valentin señala cómo algunos autores han aludido a este fenómeno bajo el rótulo de congruencia externa, lo cual también es muy interesante (cfme., Valentin, G. (2013).  Principio de congruencia y regla iura novit curia en el proceso...

La distinción entre lo cautelar y lo provisional. Medida vinculada a disputa originada en contratos de administración de ganado

En ocasiones la feria judicial también trae novedades jurisprudenciales de interés procesal. Este es un caso en donde se debatió acerca de la naturaleza procesal de una medida (se discute si cautelar o provisional), solicitada en el marco de una disputa originada en contratos de administración de ganado . Se trata de la sentencia n° 498/2024, de 31 de diciembre de 2024 , dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1° Turno ( se puede acceder a la sentencia aquí - vía Telegram ) . Tanto en primera como en segunda instancia, se desestima la medida cautelar solicitada por AA y BB. Se manifiesta por el Tribunal que se entiende la preocupación de los promotores   de la medida y respeta su intención de recobrar sus activos, pero la vía que se intenta —a criterio del Tribunal— no es idónea ya que implica, en los hechos, la resolución unilateral e inmediata de la relación contractual, que no es admisible con la cautelar que solicitan, debiendo optar por otras opciones que garan...

Una teoría de la inclinación al particularismo procesal

Se dice, de forma algo irreverente y provocadora, que la ‘patafísica es la ciencia de lo particular, de las excepciones (de las leyes que rigen las excepciones). Si esto es así, el derecho ( v.gr., el derecho en general, y el derecho procesal lo mismo), sería —como producto cultural— un objeto bastante propicio para un análisis patafísico. El derecho se llena de especialidades, excepcionalidades, particularismos. Y esto sucede a pesar de los intentos de construcción de sistemas (racionales) y de teorías (generales).  Alfred Jarry definía la ‘patafísica de la siguiente manera: «Un epifenómeno es lo que se agrega a un fenómeno. La patafísica (…) es la ciencia de lo que se sobreañade a la metafísica, sea en sí misma, sea fuera de ella, extendiéndose tan lejos de la metafísica como ésta se extiende más allá de la física. (…) al ser el epifenómeno frecuentemente un accidente, la ‘patafísica será la ciencia de lo particular, aunque se diga que no hay ciencia más que de lo general. Estudi...

Protección de la privacidad, acceso a datos para identificar IP y necesidad de autorización judicial (Corte Suprema de Canadá, caso R. v. Bykovets, sent. del 1/3/2024)

En esta oportunidad reseñaré la decisión de la Corte Suprema de Canadá en el caso R. v. Bykovets [sentencia del 1 de marzo de 2024, 2024 SCC 6, case number 40269]. Allí se deja sin efecto una condena confirmada en dos instancias y se ordena la realización de un nuevo juicio. En el caso se analiza la actuación de la policía canadiense en una investigación sobre compras fraudulentas en línea a una licorería. Los policías descubrieron que las ventas en línea de la tienda estaban gestionadas por Moneris, una empresa de procesamiento de pagos de terceros. La policía se puso en contacto con Moneris para obtener las direcciones IP utilizadas para las transacciones, y Moneris identificó dos. Para esto la policía no contó con autorización judicial. Luego, la policía sí obtuvo una orden del tribunal que obligaba al proveedor de servicios de Internet de las direcciones a revelar el nombre y la dirección residencial del cliente para cada dirección IP. Una estaba registrada a nombre del Sr. Byko...

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor agregado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Procesal en grado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Autor de diversos artículos, ponencias y libros de Derecho Procesal y Probatorio, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Director y coordinador de diversas obras colectivas. Conferencista, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Miembro de la Revista Uruguaya de Derecho Procesal.