Ir al contenido principal

Visitas

Ley N° 19.653, nuevas modificaciones al CPP (incluye novedades en materia de prisión preventiva)

Se promulgó, el día 17 de agosto de 2018, la Ley N° 19.653 (se facilita enlace a sitio web de Presidencia de la República), que introduce, básicamente, nuevas modificaciones al Código del Proceso Penal, aunque no exclusivamente (también incorpora un inciso al art. 514 del CGP, vinculado al mantenimiento de las medidas cautelares adoptadas en casos en los que se plantea la remisión de expedientes a la Suprema Corte de Justicia, para tramitar el proceso de declaración de inconstitucionalidad de las leyes, y se crea una Comisión para el seguimiento de la implementación del nuevo sistema procesal penal).

Entre las modificaciones al CPP se destacan, obviamente por sobre el resto, las relativas a la prisión preventiva. A modo de ejemplo, la nueva redacción del art. 223 del CPP elimina la anterior referencia a que la prisión preventiva en ningún caso sería preceptiva.

A su vez, en la nueva redacción del art. 224.2 del CPP se prevé una presunción (simple o relativa) respecto del riesgo de fuga, el ocultamiento, el entorpecimiento de la investigación, el riesgo para la sociedad o para la víctima, cuando el Ministerio Público imputare ciertos delitos.

La utilización de presunciones en contra del imputado que podrían ir en sentido contrario a la presunción, principio, o estado de inocencia, plantea algunas dudas acerca de la solución adoptada a nivel legal. Lo mismo respecto de la prisión preventiva, cuando la misma adquiere características de pena anticipada o medida provisional.

Por último, resulta también muy relevante, desde el punto de vista de la afectación del paradigma acusatorio en el que se inserta el Código, la consagración de las diligencias para mejor proveer (ahora, art. 271.8 del CPP).

Entradas populares de este blog

Código General del Proceso. Versión actualizada y últimas modificaciones

A través del link al sitio web oficial del IMPO se puede consultar el texto completo y actualizado del Código General del Proceso uruguayo.  Cabe consignar que luego de aprobada la Ley N° 19.090 , de 14 de junio de 2013, por la cual se modifica gran parte del articulado del Código General del Proceso, se han aprobado otras leyes que también modifican el citado Código. A modo de ejemplo: -  Ley N° 19.149 de 24/10/2013, cuyo art. 142 agrega un numeral 6° al art. 294 del CGP (excepción a la conciliación previa en procesos de la materia de relaciones de consumo regulados por ley 18.507). -  Ley N° 19.210 de 29/04/2014, cuyo artículo 20 entre otras cosas "suprime" el numeral 12 del art. 381 que fuera agregado por el art. 1 de la l ey 19.153 de 24/10/2013 ( el tema refiere a la inembargabilidad de sueldos y otras retribuciones depositados en cuentas bancarias ). - Ley N°19.355 de 19/12/2015,que en su artículo 649 modifica los artículos 27, 28 y 29 del CGP; ...

Ley N° 19.727: proceso de alimentos, declaración jurada de bienes e ingresos, prueba pericial

Una versión ampliada del presente comentario se puede encontrar AQUÍ. Véase, también aquí, el comentario a la sentencia n° 8/2020 de la SCJ, que se pronuncia a favor de la constitucionalidad de la Ley aquí reseñada. La Ley N° 19.727, de 21/12/2018, publicada en el Diario Oficial el 18/01/2019 modifica el art. 58 del Código de la Niñez y la Adolescencia, imponiendo efectuar una declaración jurada de bienes e ingresos para los demandados en los procesos de alimentos abarcados por el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA). Ese es un primer punto a destacar, ya que no comprende todo el universo de procesos de alimentos (por ejemplo, los alimentos que puede reclamar el ex cónyuge). A partir de la modificación legal que aquí se comenta, el art. 58 del CNA pasa a disponer lo siguiente:  "(Concepto de ingresos y forma de acreditarlos).- A los efectos de este Código, se entiende por sueldo o haberes, todo ingreso de cualquier naturaleza, periódico o no, que se origine e...

Corte Suprema (EE.UU.), Daubert v. Merrell Dow Pharmaceuticals, Inc., 509 U.S. 579 (1993).

Acceso al caso:  Corte Suprema (EE.UU.), Daubert v. Merrell DowPharmaceuticals, Inc., 509 U.S. 579 (1993). Resulta de interés realizar, aunque sea de modo muy breve, una introducción a ese famoso caso, así como algunas sucintas reflexiones. Hace ya más de veinticinco años, la jurisprudencia norteamericana ingresaba en el contexto problemático de la ciencia, trasladándolo al ámbito institucional del derecho. En Daubert , “…los demandantes, dos niños pequeños nacidos con malformaciones graves y sus padres alegaban que los daños se debían a que las madres de aquellos habían consumido Bendectin durante el embarazo. El laboratorio demandado negaba la causalidad y, en primera instancia, el Tribunal de Distrito, vistos los peritajes presentados por ambas partes, aplicó el canon de Frye, resolvió que las tesis de los demandantes no cumplían con el requisito de la aceptación general y rechazó su reclamación. La resolución fue confirmada en la apelación y los demandantes recurrieron ...

Datos personales

Mi foto
Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor Agregado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Procesal en grado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Autor de diversos artículos, ponencias y libros de Derecho Procesal y Probatorio, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Director y coordinador de diversas obras colectivas. Conferencista, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Miembro de la Revista Uruguaya de Derecho Procesal.