Se facilita link al NUEVO Código del Proceso Civil brasileño. Dicho Código fue aprobado como Ley 13.105, el día 16 de marzo de 2015 y cuenta con más de 1.000 artículos. La vigencia y derogación de las disposiciones procesales anteriores (en especial, lo relacionado con el anterior Código Procesal Civil - Ley 5.869, de 11 de enero de 1973), se encuentra tratado en los arts. 1045 y ss.
De Montevideo a Ámsterdam. Una crítica a la sentencia n° 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay
Atención - se recomienda la lectura de la contracara de esta crítica, escrita unos meses después, elogiando el cambio de posición de la Suprema Corte de Justicia: "De Ámsterdam a Montevideo. Un elogio a la sentencia n° 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay". El sistema de justicia (en sentido amplio), fundamentalmente estatal pero también arbitral, debe ser accesible. Sin acceso, no hay justicia. La historia del derecho en general, y del derecho procesal en particular, es, en buena medida, la historia de cómo se les ofrecen a las personas ciertos ámbitos institucionales a los cuales deberían poder acceder para plantear y resolver sus conflictos, evitando, por ejemplo, el uso de la fuerza propio de ciertos mecanismos de autotutela. Están en juego muchas cosas: la resolución institucional de los conflictos entre las personas, la civilidad y la paz social, derechos en ocasiones especialmente protegidos o tutelados, etc. El caso ahora analizado nos lleva a preguntar...