Se proporciona link a las Leyes N° 19.510 y N° 19.511, ambas promulgadas el día 14 de julio de 2017, relativas al nuevo proceso penal. Asimismo, efectuamos un breve comentario a la nueva redacción dada al art. 402 del nCPP. Precisamente, a través de la primera de las normas citadas ( Ley N° 19.510 ), se modifica nuevamente la entrada en vigencia del nCPP, estableciéndose ahora para el día 1° de noviembre de 2017 (para ello se modifica el art. 403 del nCPP). Por su parte, la segunda de las leyes citadas ( Ley N° 19.511 ), dispone la modificación al art. 402 del nCPP, consagrando, entre otras cuestiones relevantes, el régimen de aplicación transitoria para los procesos en trámite. En efecto, es una norma que refiere a un régimen transitorio, entre el "viejo" sistema y el "nuevo" proceso penal. En ese sentido, es una disposición totalmente justificada, pues de lo contrario, la norma que contemplaría la aplicación de la ley procesal penal en el tiempo sería el a...
Ignacio M. Soba Bracesco [Blog de autor - desde octubre de 2007]