Nueva modificación al Código del Proceso Penal (víctimas, denunciantes y terceros civilmente responsables)
La Ley N° 19.196, de 25 de marzo de 2014 (conocida como ley de responsabilidad penal empresarial), consta de tres artículos. El primero, creo un nuevo tipo penal; el segundo, modifica la ley de accidentes de trabajo; y finalmente el tercero, consagra una nueva modificación al Código del Proceso Penal (CPP). Concretamente, se dispone: " Modifícase el artículo 83 del Código del Proceso Penal, Decreto-Ley N° 15.032, de 7 de julio de 1980, el que quedará redactado de la siguiente manera:"ARTÍCULO 83. (Del denunciante).- Es denunciante toda persona que comunica al Juzgado competente la noticia de hechos que, a su juicio, constituyen delito. La denuncia deberá ser presentada por escrito en el que se relatarán los hechos y se agregarán los elementos de prueba de que se disponga, así como la solicitud de su diligenciamiento si correspondiere. El damnificado, el denunciante y el tercero civilmente responsable tendrán acceso al expediente durante todo el desarrollo del presu...