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La predicción de las decisiones judiciales en materia de daño moral



La posibilidad de predecir las decisiones judiciales ha sido siempre un motivo de preocupación de los operadores jurídicos. Sin embargo, como acontecer futuro, la decisión judicial no puede predecirse con grado de certeza (al menos en los denominados casos difíciles). Ello no implica que no sea posible la predicción dentro de determinados márgenes de razonabilidad. Así, en la determinación de los criterios para la fijación del quantum del daño moral se aprecia la posibilidad de recurrir a la utilización de parámetros comparativos formados a partir de la observación empírica y estadística de lo que ha sucedido en el pasado en casos similares o análogos para extrapolar luego sus resultados. La utilización de esas guías o pautas debería reflejarse expresamente en los fundamentos de las sentencias. La explicitación de esos motivos constituye una garantía esencial para los sujetos involucrados en el proceso pues facilita el control y el entendimiento de las decisiones, evita arbitrariedades y contribuye a una tutela jurisdiccional efectiva y de mayor calidad.
 
Abstract: The predictability of judicial decisions has always been a concern of legal operators. However, as future events, the judicial decision can not be predicted with certainty (at least in so-called difficult cases). This does not mean it is not possible to predict within certain margins of reasonableness. Thus, in determining the criteria for establishing the quantum of moral damages it is possible to appreciate the possibility of resorting to the use of comparative parameters formed from the empirical and statistical observation of what has happened in similar or analogous cases in the past, to extrapolate then the results. The use of these guides or guidelines should be reflected explicitly in the grounds of judgments. The specification of these reasons constitutes an essential guarantee for the subjects involved in the process because it facilitates the control and understanding of decisions, avoids arbitrariness and contributes to effective judicial protection and higher quality.  

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Ignacio M. Soba Bracesco
Profesor agregado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Procesal en grado y posgrado en distintas Universidades de Uruguay e Iberoamérica. Autor de diversos artículos, ponencias y libros de Derecho Procesal y Probatorio, tanto en el Uruguay como en el extranjero. Director y coordinador de diversas obras colectivas. Conferencista, ponente y relator en Jornadas y Congresos. Coautor de la sección de legislación procesal en la Revista Uruguaya de Derecho Procesal (2007 a la fecha). Integrante de la Comisión Revisora del Código Modelo de Procesos Administrativos para Iberoamérica. Miembro de la International Association of Procedural Law. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Presidente honorario del Foro Uruguayo de Derecho Probatorio y Director de su Anuario. Co-Coordinador Académico en Probaticius. Miembro Adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Miembro Fundador de la Asociación Uruguaya de Derecho Procesal Eduardo J. Couture. Integrante del Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Miembro de la Revista Uruguaya de Derecho Procesal.