Resumen del trabajo publicado en la Revista Crítica de Derecho Privado (La Ley Uruguay, Año 2011, N° 8, págs. 553 a 578). La posibilidad de predecir las decisiones judiciales ha sido siempre un motivo de preocupación de los operadores jurídicos. Sin embargo, como acontecer futuro, la decisión judicial no puede predecirse con grado de certeza (al menos en los denominados casos difíciles). Ello no implica que no sea posible la predicción dentro de determinados márgenes de razonabilidad. Así, en la determinación de los criterios para la fijación del quantum del daño moral se aprecia la posibilidad de recurrir a la utilización de parámetros comparativos formados a partir de la observación empírica y estadística de lo que ha sucedido en el pasado en casos similares o análogos para extrapolar luego sus resultados. La utilización de esas guías o pautas debería reflejarse expresamente en los fundamentos de las sentencias. La explicitación de esos motivos constituye una garantía esencial...
Ignacio M. Soba Bracesco [Blog de autor - desde octubre de 2007]